viernes, 5 de abril de 2013

Respondere, agere, cavere

Por respondere se alude a las respuestas que dan los juristas sobre problemas jurídicos que plantean a los magistrados, jueces o particulares. Esas respuestas normalmente son privadas y el efecto vinculante depende de las “auctoritas” del jurista que la dicta (depende del prestigio del jurista).

El agere es el asesoramiento que los juristas dan a los particulares para la elección de la vía procesal más adecuada para la defensa de los intereses.

El cavere. Elaboración de formularios o de modelos sobre los cuales se articula la práctica negociable.