jueves, 4 de abril de 2013

Status libertatis

El status libertatis es el más importante en Derecho romano. Si pierdes la libertad, pierdes todo lo demás (la ciudadanía y la familia).


Al perder la libertad sufres una capitio deminutio máxima, que significa que pierdes la cabeza que representa a tu persona, y por tanto pasarías a convertirte automáticamente en esclavo. El “Caput” pertenece a los hombres libres, a los ciudadanos, a la familia. Pero cuando una persona pasa a ser esclavo, se le atribuye la “capitis deminutio”, disminuyendo la cabeza, la pérdida de un miembro del grupo, etc. Puede ser máxima cuando se refiere a la pérdida de la libertad, media con la pérdida de la ciudadanía y finalmente mínima con el cambio dentro del grupo familiar.

Se puede ser libre y no ciudadano pero al contrario no; si no eres libre, no puedes ser lo demás.

- Personas libres


Hay dos tipos de personas libres; el ingenuo (persona que nació libre), y el libertato (persona que adquiere la libertad).

- Esclavos


A los esclavos se les considera como cosas que formaban parte del patrimonio de una persona libre, quien las tenía sometidas a su potestad de dueño (dominica potestas). No obstante, se les reconocía su condición humana, y podían actuar en la vida jurídica, y a veces lo hacían de manera muy activa, pero siempre en nombre y favor de sus dueños.

Éstos podían concederles la libertad mediante un acto formal llamado manumisión o porque finalizase el tiempo de cautiverio.

Los esclavos manumitidos adquirían, con la libertad, la ciudadanía romana. Pero constituían una clase social, los libertos, diferenciada de los libres de nacimiento. Si bien los libertos eran hombres libres y ciudadanos con todos sus derechos, tenían ciertos deberes morales respecto de quien los había manumitido, a quien llamaban patrono.

En definitiva, el esclavo formaba parte de la familia, participaba en los cultos y a medida que se aumentaba la extensión del Imperio, surgían más esclavos. El esclavo es considerado a la vez humano y una res mancipi que está bajo la propiedad de su dueño. Su condición humana se reconoce en que se les reconoce como agentes activos en la vida jurídica que actúan en representación a sus dueños. Su condición de cosas en propiedad se manifiesta en que no tienen patrimonio ni son sujetos de derechos, en que sus dueños pueden disponer de ellos, y que pueden reivindicarlos como cosas cuando se discute acerca de su propiedad.

- Acciones respecto a la libertad


Cuando alguien quería reclamar como esclavo suyo a quien vivía como libre, ejercía contra él una acción llamada vindicatio in servitutem. En el caso contrario, cuando alguien quería demostrar la libertad de uno que vive como esclavo, el que afirmaba la libertad (adsertor libertatis) podía ejercer una vindicatio in libertatem para que se declarara la libertad del esclavo aparente.

- Causas de la esclavitud


Dos causas fundamentales de la esclavitud son la cautividad de la guerra y el nacimiento de madre esclava.

La principal causa de esclavitud es el ser tomado prisionero en la guerra; los cautivos eran vendidos, como bienes públicos, en subasta y quien los compraba adquiría el dominio sobre ellos. Otra causa es el nacimiento, pues todos los hijos de madre que es esclava al momento del parto, nacen esclavos, pero si la madre ha sido libre en algún momento de su gestación, el niño nacería libre. También podía caerse en esclavitud por efecto de una pena impuesta, por ejemplo a los desertores del ejército.

- Concepto de manumisión (“manu-missio”)


La manumisión es el acto por el que el dueño otorga la libertad a un esclavo. La liberación se hacía originalmente conforme al Derecho civil, y también se empezó a regular a través del Derecho honorario.

- Manumisión conforme al Derecho Civil


+ In iure cessio


La forma ordinaria de hacer la manumisión (manumissio vindicta) era mediante una in iure cessio, en una vindicatio in libertatem, en la que el propietario reconocía que el esclavo era libre y el pretor hacía una addictio de la libertad a favor del esclavo.

+ Inscripción del esclavo en el censo de ciudadanos


Otra forma (manumissio censu) fue la inscripción del esclavo en el censo de los ciudadanos, hecha por petición del dueño ante el magistrado.

+ Manumisión testamentaria


También podía el dueño manumitir a los esclavos en su testamento (manumisión testamentaria), por una disposición en la que los autorizaba a vivir como libres, pero surte efectos, no inmediatos, sino a partir de la muerte del testador.

+ Autorización formal para la vida en libertad del esclavo


Llegó a aceptarse que la sola autorización formal (liberum ese iubere) por parte del dueño de que el esclavo viva como libre, hecha en presencia de testigos, otorgaba inmediatamente la libertad a los esclavos. En todos estos casos, el esclavo adquiría la libertad y la ciudadanía romana, ya que, en principio, libertad y ciudadanía eran inseparables. Manumisión conforme al Derecho Honorario o pretor.

- Manumisión en Derecho honorario


En cuanto a la manumisión dentro del Derecho honorario, nos encontramos:

+ Inter amicos


Es decir, ante una serie de testigos, se declara que se hace libre el esclavo.

+ Per mensam


Si un dominus sienta a su esclavo a la mesa, es un ritual que significa que el esclavo deja de serlo.

+ Per epistulam


Reconoce la libertad a través de la carta cuando el esclavo está ausente.

El antiguo dominus o dueño pasa a ser patrono de ese antiguo esclavo (liberto). Aún así el patrono sigue teniendo un vínculo de protección hacia el liberto y este mismo, de servicio hacia el dominus.