jueves, 1 de agosto de 2013

La restitución de la dote en el Derecho justinianeo

Justiniano modificó profundamente el régimen del Derecho antiguo y clásico, llevando a cabo una fusión entre los dos sistemas de la actio ex stipulatu y la actio rei uxoriae del Derecho clásico.

Dote y Derecho romano

- Líneas fundamentales de la reforma de restitución de la dote de Justiniano


1.ª Supresión de la actio rei uxoriae, dándose por supuesta siempre la estipulación y subsistiendo, por tanto, como única actio para demandar la devolución, la actio ex stipulati. Sin embargo, ésta no conserva, ni mucho menos, todas sus antiguas características. No obstante su denominación, es ahora una acción de buena fe, en la que el marido goza del beneficium competentiae. Quedan, en cambio, derogadas las retenciones dotales.

2.ª La dote debe ser restituida siempre. Si premuere la mujer, se devolverá a sus herederos, salvo el derecho del constituyente con pacto expreso de devolución a su favor, o el derecho del pater si se trataba de una dos profecticia. A veces, se pactaba también al constituirse la dote que el marido lucraría con toda o una parte de ella si se disolvía el matrimonio por muerte de la mujer.

3.ª La dote consistente en fundos se devolvía inmediatamente; la consistente en muebles, en el plazo de un año.

4.ª La devolución es compatible con el legado dejado por el marido, quedando, por tanto, derogado el edicto de alterutro.

5.ª Fueron reforzadas las garantías de restitución disponiendo la mujer de una vindicatio utilis para recobrar los bienes de la dote y de una hipoteca legal sobre todos los bienes del marido, privilegiada incluso frente a las constituidas antes de casarse.

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Fuente:
Derecho romano, Arias Ramos, páginas 484 - 485.