lunes, 12 de enero de 2015

Significación del derecho romano en general y de las Instituciones en particular

El derecho romano, en la más amplia significación de la palabra, es el conjunto de las reglas jurídicas que tuvo en vigor el pueblo romano durante los varios períodos de su existencia.

Colesio romano y legionarios

Suele distinguirse en derecho anterior a Justiniano, derecho justinianeo y derecho posterior a Justiniano.

- Derecho romano, derecho justinianeo y derecho común


Con el nombre de derecho romano se entiende más comúnmente el derecho justinianeo, que estuvo en vigor en casi todas las naciones europeas hasta declinar el siglo XVIII y es el tipo y fundamento de todas las legislaciones civiles modernas. Y como quiera que la nueva civilización medieval y moderna en que se desenvolvió y tuvo valor práctico de ley, ejerció amplia influencia sobre el mismo, dándole aspecto y especiales tendencias, para distinguirle del derecho justinianeo originario y genuino se le llamó derecho común.

- ¿Qué colecciones integran el derecho justinianeo?


El derecho justinianeo se halla contenido en las cuatro colecciones siguientes: Instituciones, Digesta (seu Pandectae), Codex constitutionum y Novellae. Estas cuatro colecciones, unidas, forman el llamado Corpus iuris civilis, que compiló Justiniano para comodidad de los jóvenes que se iniciaban en la ciencia legal.

- La división del estudio del derecho romano antiguamente en las universidades


+ Instituciones y Pandectas


En las universidades, como en la mayor parte de los modernos Estados civilizados en su momento, se acostumbró la división del estudio del derecho romano en dos cursos, uno de los cuales, completamente elemental y destinado a los principiantes, fue por eso llamado Instituciones, mientras que el otro, consistente en una exposición más extensa y particularizada de todo el derecho romano, fue llamado Pandectas, y destinado a los que están ya más avanzados en el estudio de la jurisprudencia.

+ Historia del derecho romano


A estos dos estudios fue añadido luego un tercero, el de Historia del derecho romano, que tiene por principal objeto mostrar el origen de cada una de las instituciones que por modo elemental constituyen el objeto de las así llamadas Instituciones y por modo crítico y minucioso lo son de las Pandectas. Sirve al propio tiempo para poner en relación el derecho privado, en que se ocupan los otros dos cursos, con las restantes partes de la legislación romana, es decir, con la historia de las fuentes, con la del derecho público, con la del penal y con la del procedimiento.

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Fuente:
Derecho romano, Felipe Serafini, páginas 1 - 2.