jueves, 14 de mayo de 2015

Desde la publicación de las Doce Tablas hasta Cicerón (IV): cultura del Derecho

El Derecho romano emancipado de las formas religiosas, despojado en parte de su carácter exclusivo y accesible a los diversos órdenes de ciudadanos, sin perder del todo su primitiva fisonomía, comienza a pasar desde un arte práctico a ser una ciencia.

Ciudadanos romanos y antigua Roma

- Derecho Flaviano ("ius Flavianum") y Derecho Eliano ("ius Aelianum")


A Cneo Flavio, hombre de baja extracción, amanuense de Apio Claudio el Ciego, se atribuye la publicación del calendario (fasti) y la de las acciones de ley (año 449 de la creación de Roma). La publicación del calendario hizo desaparecer el misterio con que los pontífices velaban su confección, conocimiento poco extendido y difícil por intercalar en cada dos años un mes entero de duración varia, cesando por lo tanto la necesidad de consultar a los pontífices acerca de los días en que podían seguirse los procedimientos. Con la publicación de las acciones de ley, esto es, de las fórmulas solemnes con que se ordenaban las actuaciones, concluyó el monopolio que los patricios hacían de la jurisprudencia. Para recobrarse estos de la pérdida que acababan de experimentar, inventaron nuevas fórmulas; y con objeto de prevenir de nuevo su publicación, expresaron sólo con las letras iniciales las palabras que las componían; precaución inútil, porque Sexto Elio Cato divulgó el misterio en el año 552 de la fundación de Roma. De estas promulgaciones vienen los nombres de Derecho Flaviano (ius Flavianum), y de Derecho Eliano (ius Aelianum).

- Los plebeyos empiezan a estudiar Derecho romano, y aparecen los jurisconsultos


Coincide con estas revelaciones el empezar los plebeyos a estudiar el Derecho: Tiberio Coruncanio, primero de este orden que llegó a la dignidad de pontífice, le enseña públicamente (año 500 de la fundación de Roma). Desde entonces aparece en Roma una clase de sabios llamados jurisconsultos (jurisconsulti, jureconsulti, jurisperiti, jurisprudentes, prudentes), se precipita la cesación de la antigua clientela, y se aumenta la emulación entre los ciudadanos de los diferentes órdenes que se dedican a la profesión del Derecho. Pronto se ponen de manifiesto las dificultades y los inconvenientes de las acciones de ley, lo que unido a la idea que recuerdan de la dominación patricia, empeña a los plebeyos a pedir un nuevo sistema de procedimientos, lo que fue objeto de la ley Oebucia, que estableció las bases del nuevo sistema formulario.

La influencia que la abolición de las acciones de ley quitaba a los jurisconsultos, fue reconquistada con usuras por la importancia que obtuvieron sus consultas (responsa prudentum), y con la necesidad que tenían los no versados en el Derecho de valerse de ellos para que los defendieran en juicio, disputatio fori.

- La oscuridad en la redacción de las leyes de las Doce Tablas, el edicto del pretor, el derecho de gentes y la labor de los jurisconsultos


La oscuridad, con que estaban escritas las leyes de las Doce Tablas y el edicto del pretor, los lanzaron en el camino de la ciencia para poder explicar el genuino sentido del Derecho y conciliarlo con las costumbres del siglo en que vivían. Así sucesiva y lentamente fueron introduciéndose doctrinas y principios antes desconocidos. Contribuyó mucho a elevar las miras de los jurisconsultos la importancia que en esta época empezó a darse al derecho de gentes, frase que muy ajena de la significación que hoy tiene, debe ser más bien considerada como equivalente a la que se ha conocido desde el siglo XVII con el nombre de derecho natural y hoy también con el de filosofía del derecho, y que los romanos fundaban, no en principios metafísicos, sino en la experiencia de las leyes y costumbres de los pueblos civilizados.

- Algunos jurisconsultos de la antigua Roma


A los nombres de los jurisconsultos, de que hemos hecho mención, debemos añadir los de Catón el Antiguo, que fue el primero que recopiló hechos que habían dado lugar a procedimientos particulares, del cual o de su hijo vino la frase regla Catoniana; el de Manilio, del que tomaron el suyo las acciones Manilias, que eran fórmulas para las ventas; el de Hostilio, del que recibieron denominación las acciones Hostilias, que se referían a los testamentos; el de Marco Junio Bruto, que escribió tres libros De jure civili, que no han llegado a nosotros; y por último, los de los dos Scevolas, de Publio Mucio el pontífice y del augur Quinto, que pertenecieron todos al período que acabamos reseñar.

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- Desde la publicación de las Doce Tablas hasta Cicerón


+ Desde la publicación de las Doce Tablas hasta Cicerón (I): reseña histórica

+ Desde la publicación de las Doce Tablas hasta Cicerón (II): orígenes del derecho

+ Desde la publicación de las Doce Tablas hasta Cicerón (III): estado del derecho al final del 2.º periodo

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Fuente:
Curso histórico-exegético del Derecho romano | D. Pedro Gómez de la Serna | Páginas 41 - 43.