domingo, 3 de enero de 2016

Cuasidelitos romanos | Delitos y cuasidelitos en Derecho romano (IV)

Los casos de cuasidelitos mencionados en las fuentes propias del Derecho romano son los siguientes: positum et suspensum, effussum et deiectum y si iudex litem suam fecit.

Cuasidelitos y Derecho de la antigua Roma

- Cuasidelitos (I): positum et suspensum


Si el propietario o el inquilino de un edificio, que da a la vía pública, coloca o suspende en la fachada cualquier objeto que, cayendo, pueda causar daño, responde de él, según el edicto pretorio, mediante la actio de positis et suspensis, que puede ejercitar cualquier persona que observe aquel hecho, y tiene por objeto una pena privada de sueldos.

- Cuasidelitos (II): effussum et deiectum


Si de una habitación se derrama o arroja sobre un lugar de paso público una materia líquida o sólida y ocasiona daño, el habitante queda obligado a pagar el duplo del daño ocasionado, aunque no se culpable de él (1). Si el hecho llega a causar la muerte de un hombre libre, cualquier ciudadano podía ejecutar la acción dirigida al pago de una pena de cincuenta áureos. Cuando causa sólo una herida se debe una indemnización estimada por el juez, teniendo en consideración los gastos y la imposibilidad de trabajar producida por la herida (2).

En caso de varios habitantes de la misma casa, respondían in solidum.

Se concedía también la acción de effussis et deiectis cuando se arrojara o derramara cualquier cosa desde un granero, un almacén o un taller (3).

- Cuasidelitos (III): si iudex litem suam fecit


El juez que, por culpa propia, profiere una sentencia injusta, queda obligado a pagar a la parte perjudicada quantum de ea re aequum religioni iudicantis visum fuerit, y si obra dolosamente la condemnatio tiene por objeto la vera litis aestimatio.

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Fuente:
Instituciones de Derecho romano | Libro tercero, De las obligaciones | Felipe Serafini, páginas 247 - 249.