martes, 26 de enero de 2016

Formas de manifestación de la voluntad | Negocios jurídicos en Derecho romano (II)

Nervio del negocio jurídico es la voluntad. La voluntad se cifra en tener conciencia del negocio las partes que lo realizan, queriendo efectivamente realizarlo. Ahora bien, no es menester una noticia rigurosa y precisa de la naturaleza del negocio, en cuanto que el efecto es sancionado por el Derecho.

Comercio y Derecho de la antigua Roma

La voluntad interna no es suficiente para que el negocio nazca a la vida de la realidad jurídica. La voluntad ha de ser declarada o manifestada, ya sea de acuerdo con las normas prescritas por la ley, ya a tener de la peculiar naturaleza de las relaciones que entran en juego. Tal declaración puede ser oral o escrita, expresa o tácita, con solemnidad o sin ella.

El silencio, en general, no equivale a declaración de voluntad. En ciertos negocios –mancipatio e in iure cessio–, el propio Derecho otorga al silencio valor de asentimiento. Fuera de ellos, el silencio tiene eficacia cuando la índole del acto o las particulares circunstancias del caso excluyen que se calla por razones diversas de la voluntad de consentir.

Cuando se habla de silencia –silentium o perseverantia voluntatis, tacere, non contradicere, non disentire, non recusare–, se hace referencia a una voluntad consciente, sólo que juzgada por tal mediante interpretación. Se trata, en todo caso, de una voluntas efectiva, si bien manifestada a través de un comportamiento pasivo (1).

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(1) Consiente los esponsales la hija que no se opone a la voluntad del pater (D. 23, 1, 12 pr.); se tiene por confeso al que calla, en lugar de asumir la carga de la propia defensa (D. 50, 17, 142); se convalida por el silencio la donación inter virum et uxorem, de suyo nula (Fr. Vat., 294).

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- Negocios jurídicos en Derecho romano


+ Negocios jurídicos en Derecho romano (I): concepto y clases de negocios jurídicos

+ Negocios jurídicos en Derecho romano (III): manifestación de la voluntad por medio de otra persona y representación

+ Negocios jurídicos en Derecho romano (IV): elementos accidentales del negocio jurídico

+ Negocios jurídicos en Derecho romano (V): voluntad y manifestación. Vicios de la voluntad

+ Negocios jurídicos en Derecho romano (VI): ineficacia de los negocios

+ Negocios jurídicos en Derecho romano (VII): convalidación y conversión de los negocios

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Fuente:
Derecho Romano, Instituciones de Derecho Privado | Juan Iglesias | Página 145 - 146.