jueves, 5 de mayo de 2016

"Pignus" | Derechos reales de garantía en Derecho romano (III)

Ya en el antiguo Derecho romano se acostumbraba entregar una cosa mueble con el fin de asegurar el cumplimiento de una obligación. Se trataba de una relación de hecho y, consiguientemente, no amparada por una acción judicial. La relación de hecho se convierte en relación jurídica a finales de la República, cuando el Edicto del Pretor reconoce y protege al acreedor como poseedor interdictal, a la vez que otorga una acción a favor del deudor, o de quien entrega la cosa por él, para pedir la restitución, luego que la deuda ha sido satisfecha.

Prenda y Derecho romano

La propiedad –o la posesión ad usucapionem– continúa vinculada al pignorante, no procurando al acreedor otro beneficio que el de retener la cosa mientras no sea saldada la deuda, a no ser que, por virtud de cláusulas especiales, se le confieren facultades más amplias.

Tales cláusulas son las siguientes:

Lex commissoria o convenio que otorga al acreedor la facultad de cobrarse con la cosa pignorada en el caso de no ser pagada la deuda. El pacto de comiso, favorecedor de las prácticas usurarias –el valor de la cosa suele ser muy superior al del crédito que se garantiza–, fue declarado nulo por Constantino.

Pactum de distrahendo pignore, que autoriza al acreedor para vender la cosa y pagarse con el precio, cuando la deuda no es satisfecha. En la época de los Severos, el ius distrahendi se considera querido por las partes, aun cuando nada se haya pactado sobre el particular. A partir de Constantino se convierte en elemento natural de la prenda. Justiniano establece que el pacto de non distrahendo pignore produce el solo efecto de obligar al acreedor a que por tres veces invite al deudor a pagar, antes de realizar la venta.

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- Derechos reales de garantía en Derecho romano


+ Introducción | Derechos reales de garantía en Derecho romano (I)

+ Fiducia | Derechos reales de garantía en Derecho romano (II)

+ "Hypotheca" | Derechos reales de garantía en Derecho romano (IV)

+ Objeto del "pignus" | Derechos reales de garantía en Derecho romano (V)

+ Contenido del derecho de prenda | Derechos reales de garantía en Derecho romano (VI)

+ Pluralidad de derechos de prenda sobre la misma cosa | Derechos reales de garantía en Derecho romano (VII)

+ Acciones | Derechos reales de garantía en Derecho romano (VIII)

+ Extinción del Derecho de prenda | Derechos reales de garantía en Derecho romano (IX)

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Fuente:
Derecho Romano, Instituciones de Derecho Privado | Juan Iglesias | Página 298.