miércoles, 27 de marzo de 2013
Mora credendi
La mora credendi o mora del acreedor es, en Derecho romano, el comportamiento del mismo que impide el cumplimiento de la prestación ofrecida en las condiciones pactadas por el deudor. Ello mejora la situación del deudor, pues su nivel de responsabilidad se reduce al dolo. Además, puede ser indemnizado y tiene ius retentionis si se trata de un bien corpóreo. Para solucionarlo nacen en el siglo I a.C. los depósitos públicos.