jueves, 5 de enero de 2017

Introducción al Derecho de familia en Derecho romano (I)

El Derecho de familia o familiar constituye una de las partes más importantes hoy día del Derecho civil. Durante la historia de la antigua Roma su importancia no fue menor, y en esta serie de entradas vamos a ver todo lo concerniente a este, como la familia romana, el matrimonio, la dote, la patria potestad, la tutela o la curatela.

- Introducción al Derecho de familia


Las relaciones familiares, contrastadas por el Derecho con sello jurídico, entrañan poderes de unas personas sobre otras; poderes de imperio y subordinación, distintos de las simples obligaciones. Limitan la autonomía de las personas libres sobre que recaen y conceden a quien los goza y ejercita la facultad, más o menos amplia, de servirse de ellos en propio interés.

La familia actual gira todavía, jurídicamente, sobre poderes personales y privativos; mas estos poderes no se conceden ya en gracia al interés individual y egoísta de sus titulares, para que usen de ellos a su antojo, sino para facilitar la unión y ayuda mutua de hombre y mujer, así como el cuidado y la educación de quienes todavía no tienen capacidad para regirse autónomamente.

La familia es una sociedad de personas desiguales y necesitadas de auxilio solidario, y cuyas diferencias de naturaleza se reflejan en las relaciones jurídicas que las unen; en ello se distingue de la sociedad representada por el Estado, en la cual todos gozan por principio de la misma libertad civil, que tiene su reverso en la sumisión de todos por igual a los poderes públicos.

- Derecho de familia "puro" y Derecho familiar de bienes


Las relaciones familiares trascienden a la persona y al patrimonio, de donde se sigue la existencia de un Derecho de familia "puro", que rige los poderes familiares de carácter escuetamente personal, y un Derecho familiar de bienes, que regula las relaciones de contenido patrimonial.

- Instituciones que integran el Derecho de familia


Tres clases de poderes entraña la familia, a los cuales corresponden, respectivamente, tres órdenes de relaciones jurídicas patrimoniales: la relación matrimonial, la paterno-filial y la tutelar. Son, pues, tres las instituciones que integran el Derecho de familia: el matrimonio, la patria potestad y la tutela.

Antes de entrar en su análisis, examinaremos en la siguiente entrega el concepto general de familia con sus diversas modalidades, lo cual nos servirá de orientación para proceder en el estudio particular de aquellas instituciones.

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- Derecho de familia en Derecho romano


+ Derecho de familia en Derecho romano (II): la familia

+ Derecho de familia en Derecho romano (III): el matrimonio y sus formas

+ Derecho de familia en Derecho romano (IV): el poder marital

+ Derecho de familia en Derecho romano (V): régimen matrimonial de bienes

+ Derecho de familia en Derecho romano (VI): la dote

+ Derecho de familia en Derecho romano (VII): donationes propter nuptias

+ Derecho de familia en Derecho romano (VIII): disolución del matrimonio

+ Derecho de familia en Derecho romano (IX): segundas nupcias

+ Derecho de familia en Derecho romano (X): celibato y esterilidad

+ Derecho de familia en Derecho romano (XI): nacimiento de la patria potestad

+ Derecho de familia en Derecho romano (XII): efectos de la patria potestad

+ Derecho de familia en Derecho romano (XIII): extinción de la patria potestad

+ Derecho de familia en Derecho romano (XIV): clases de tutela

+ Derecho de familia en Derecho romano (XV): nombramiento de tutores

+ Derecho de familia en Derecho romano (XVI): régimen de la tutela y curatela

+ Derecho de familia en Derecho romano (XVII): extinción de la tutela y la curatela

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Fuente:
Instituciones de Derecho privado romano, R. Sohm, páginas 459 - 460.