miércoles, 27 de marzo de 2013

Uti-frui

Uti-frui es el término latino en Derecho romano para designar al derecho de usufructo, que surge en el siglo I a.C. para proteger a la viuda casada sine manu sin perjuicio de los herederos. Es un derecho personalísimo, en el que el nudo propietario cede las facultades de uso y disfrute de una cosa no consumible. Su límite genérico está es la salvaguarda de la integridad de la cosa y de su función económica. Su protección procesal se efectúa a través de la cautio usufructuaria.