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lunes, 27 de junio de 2016

Obligaciones ambulatorias | Sujetos de las obligaciones en Derecho romano (I)

De ordinario, el vínculo obligacional se establece entre dos sujetos individualmente determinados ab origine, esto es, desde el momento mismo en que aquél nace. Sin embargo, existen obligaciones en las que el sujeto activo o el pasivo, o los dos al propio tiempo, no se hallan determinados, de manera individual, en el momento de constituirse, si bien encierran una prestación que debe ser realizada o puede ser exigida por la persona que se encuentre en cierta situación. Son éstas las obligaciones ambulatorias.

Obligaciones ambulatorias y Derecho romano

- Casos principales de obligaciones ambulatorias


Los casos principales de obligaciones ambulatorias son los siguientes:

+ La obligación de resarcir el daño causado por un animal o por un esclavo, que atañe al dominus que tiene la propiedad o ejerce la potestad sobre uno u otro en el momento de intentar la actio el perjudicado –noxa caput sequitur–.