miércoles, 16 de octubre de 2013

Evolución del Derecho hereditario romano

El Derecho de sucesiones o Derecho hereditario, hoy día, es el conjunto de normas perteneciente al Derecho privado que regulan el destino de las diferentes relaciones jurídicas de un sujeto cuando el mismo muere, además de las nuevas relaciones jurídicas que surgen supeditadas a su muerte.

Derecho hereditario romano

El Derecho hereditario romano, sin embargo, sufrió una radical transformación con el paso de los siglos, enmarcado en tres diferentes etapas que veremos.

- 1ª Etapa del Derecho hereditario romano: ius civile


Primitivamente el Derecho hereditario estaba representada por el ius civile, que se apoyaba en la propiedad quiritaria y de la familia agnaticia, además de la idea de potestas.

- 2ª Etapa: dualismo ius civile / ius honorarium


Más tarde, durante la casi toda la época clásica, el Derecho hereditario se veía reflejado no sólo en el ius civile, sino que se da un dualismo con el ius honorarium. Así, y de forma paralela al Derecho sucesorio civil, el pretor y sus disposiciones formaron el Derecho sucesorio honorario, que se fue transformando, suavizando formalismos, evitando rigideces... etc. En definitiva el pretor no derogaba, en apariencia, el Derecho sucesorio civil, aunque sí lo iba modelando con las disposiciones honorarias.

- 3ª Etapa: Derecho justinianeo


La tercera y última etapa de la evolución del Derecho hereditario romano va de la mano, como suele ser habitual, de Justiniano y su Derecho justinianeo. En el mismo desaparece la dualidad antes mencionada y el Derecho sucesorio tiene desde ese momento prácticamente las mismas características que apreciamos en los códigos modernos.

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Fuente:
Arias Ramos, "Derecho romano", páginas 515 - 516.