jueves, 4 de abril de 2013
Las cosas en Derecho romano
Las cosas son objeto de los derechos reales, y se pueden clasificar en in commercium (dentro del comercio, aquellas cosas susceptibles de propiedad privada y de tráfico patrimonial) y extra commercium (fuera del comercio, aquellas cosas que no son susceptibles de propiedad privada y de tráfico partrimonial, ni las cosas sagradas o de culto).
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