Se llaman pactos nudos los que, según las ideas romanas, no producían acción, sino solamente excepción. Para dar eficacia civil a semejantes pactos no cabía otro medio antiguamente que revestirlos de la forma de la estipulación. Con el progreso de los tiempos, reconocido el carácter obligatorio de los contratos innominados, bastó a dicho objeto que una parte cumpliese la prestación a que se había obligado.
- Principales pactos nudos en el Derecho de la antigua Roma
Entre los pactos nudos merecen especial mención la transacción, el juego y la apuesta.
+ Transacción
Es el pacto por el que las partes, otorgándose recíprocas concesiones, se ponen de acuerdo sobre determinada reclamación litigiosa o incierta. Los romanos solían revestir la transacción bajo la forma de la estipulación, y en tal caso se conseguía su cumplimiento mediante la actio ex stipulatu. Posteriormente, cuando los contratos innominados fueron exigibles mediante la actio praescriptis verbis, el contrayente, que por su parte había cumplido las obligaciones que se impuso por vía de transacción, podía compeler, a su vez, a la otra parte a cumplir con la suya. Si ninguno de los transigentes hubiese cumplido la convención, la transacción, no revestida de la forma de estipulación, no producía como pacto nudo acción alguna, sino simplemente una excepción. En esta hipótesis podía ejercitarse la acción que se tenía antes de la transacción, el actor podía repelerla mediante la replicatio doli.


