No todos tienen la capacidad para desempeñar el cargo de la tutela; pero los capaces de ella están obligados a desempeñarla, salvo en determinados casos o motivos de excusa.
- Incapaces para con la tutela en la antigua Roma
Son absolutamente incapaces los que carecen de testamenti factio con el pupilo (esclavos, peregrinos, Latini Iuniani), los impúberes, furiosos, pródigos, infames, mudos, sordos, y, finalmente, las mujeres. Respecto a estas últimas podía el príncipe conceder a la madre y a la abuela, a su instancia, la tutela, y aun se acabó permitiéndolo absolutamente cuando quedaban viudas. Existe incapacidad relativa cuando la autoridad tutelar excluye de la tutela a los que la piden de un modo sospechoso o a los que eran mal vistos o enemigos de los padres.



