miércoles, 18 de marzo de 2015

Origen de la esclavitud en Roma

Los esclavos eran tales por nacimiento o por un hecho posterior (nascuntur aut fiunt). Nacen esclavos los hijos de una esclava. En el derecho antiguo regía en todo su rigor el principio por el cual si el hijo había sido concebido por mujer libre, pero ésta caía en la esclavitud antes del parto, el hijo nacía esclavo. Principio que fue luego modificado, estableciéndose, en favor de la libertad, que los hijos de esclava que hubiese sido libre un solo momento durante la gestación debiesen ser considerados como libres.

Esclavitud en Derecho romano

Muchas eran las causas por las cuales un hombre libre se convertía en esclavo en virtud de un hecho posterior al nacimiento. Una de estas causas, la prisión de guerra, era iuris gentium, porque estaba en vigor entre todos los pueblos de la antigüedad, y las demás eran propias del derecho civil romano.

- Pérdida de la libertad por derechos de gentes


+ La esclavitud por prisión de guerra


Como hemos dicho, la causa posterior al nacimiento, que daba origen a la esclavitud por derecho de gentes, era la prisión de guerra.

Era máxima del derecho internacional antiguo que la guerra rompía toda relación jurídica entre los beligerantes, quienes se consideraban recíprocamente como privados de personalidad y, por tanto, objeto de ocupación. Como consecuencia de ello, cuanto era cogido al enemigo pertenecía al ocupante, y aun los prisioneros formaban parte del botín de guerra. Este derecho era recíproco; así, pues, en su virtud se convertían en esclavos tanto los ciudadanos romanos que caían en poder del enemigo como los enemigos que eran hechos prisioneros por los romanos; siempre, no obstante, que ocurriese el hecho en una guerra entre dos naciones, pero no en guerra civil. Si uno caía en poder de salteadores o bandidos, quedaba de hecho privado del ejercicio de su libertad, pero no se convertía en esclavo (in servitute sed non servus); lo mismo ocurría con los que perdían de hecho la libertad en los azares de una guerra civil.

+ El Derecho de postliminio y la ficción de la ley Cornelia


En íntima relación con la prisión de guerra se hallan el derecho de postliminio y la ficción de la ley Cornelia. Por el derecho de postliminio, si los prisioneros de guerra lograban evadirse, y, pasando los confines del territorio enemigo (limina) llegaban a territorio romano, su condición recobraba la plena tutela del derecho.

Si morían en prisión, por una benigna interpretación de la ley Cornelia, se consideraban muertos en el momento en que caían prisioneros, y, en consecuencia, como si hubiesen fallecido hallándose en el pleno ejercicio de su libertad. En virtud de esta ficción conservaban toda su validez los testamentos que tenían ya otorgados, y en defecto de ellos sucedían los herederos legítimos. Eius, qui apud hostes est, testamentum, quod ibi fecit, non valet, quamvis redierit: sed quod, dum in civitate fuerat, fecit, sive redierit, valet iure postliminii, sive illic decesserit, valet ex lege Cornelia.

- Pérdida de la libertad por derecho civil


Entre las múltiples causas posteriores al nacimiento que daban origen a la esclavitud por derecho civil merecen ser brevemente indicadas las siguientes:

+ Ciudadanos romano que evitaba dolosamente el censo público o el servicio militar


El ciudadano romano que para evitar dolosamente al censo público o al servicio militar fuese vendido trans Tiberim, quedaba hecho esclavo.

+ Deudor insolvente


El judicialmente confeso de una deuda era adjudicado a su acreedor y perdía la libertad de hecho. Si el deudor insolvente continuaba siendo moroso durante los treinta días posteriores a la adjudicación, se convertía en esclavo de su acreedor, y éste le podía vender en territorio extranjero (trans Tiberim).

+ Fraude de quien se hace vender dolosamente para participar del precio


El ciudadano romano mayor de veinte años, que dolosamente consentía en hacerse vender como esclavo para reivindicar luego judicialmente la libertad y compartir con el supuesto dueño el precio de la venta, quedaba esclavo en pena de fraude.

+ Unión entre mujer libre y esclavo


La mujer libre que se unía con un esclavo conociendo la condición de éste, y persistía en dicha unión, a pesar de triple prohibición del dueño del esclavo, podía por sentencia ser declarada esclava de dicho dueño, y perdía, en beneficio de éste, hasta su patrimonio.

+ Condena capital o a trabajos forzados


El condenado a muerte o a trabajos forzados se convertía en esclavo, y se le llamaba servus poenae, precisamente porque no se convertía en propiedad de alguien, sino que era esclavo de la pena.

+ Esclavitud por ingratitud de libertos con sus patronos


Otra causa de esclavitud era la revocatio in servitutem propter ingratitudinem. Los libertos que se hacían culpables por su ingratitud para con sus patronos podían ser nuevamente reducidos por éste a la esclavitud.

- Causas de pérdida de libertad en derecho justinianeo


De las causas de pérdida de libertad que acabamos de indicar sólo cuatro han llegado hasta el derecho justinianeo, y son: prisión de guerra, condena capital, nueva reducción a esclavitud por ingratitud y el fraude de quien se hace vender dolosamente para participar del precio.

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Fuente:
Derecho romano, Felipe Serafini, páginas 149 - 153.