martes, 17 de marzo de 2015

Libertad y esclavitud en derecho romano

En el Derecho romano los hombres son libres o esclavos. Los romanos, especialmente en los tiempos de los jurisconsultos clásicos, reconocen la esclavitud como institución del derecho de gentes, puesto que por naturaleza los hombres eran libres e iguales.

Esclavo en la antigua Roma

- El hombre libre en derecho romano: ingenuo o libertino


Hombre libre era en derecho romano el que no constituía objeto del dominio ajeno, sino que era dueño de sí. Los hombres libres se subdividen en ingenuos y libertinos: ingenuo el que ha nacido libre y jamás ha dejado de serlo, y libertino el que ha obtenido la libertad mediante liberación de justa esclavitud (se le llama justa servidumbre, porque si un hombre libre, a quien erróneamente se creía siervo, era libertado por su dueño putativo, no dejaba de ser ingenuo, y jurídicamente había sido siempre libre).

- El esclavo "statu liber"


Si el dueño liberaba al esclavo de modo que éste no obtuviese la libertad sino hasta después de cierto tiempo, durante el intervalo el esclavo se decía statu liber (Ulpiano, Reg. II: Qui sub conditione testamento liber esse iussus est, statu liber appellatur. Statu liber, quamdiu pendet conditio, servus heredis est).

- La esclavitud: negación de la personalidad


El esclavo no era dueño de sí, sino enteramente objeto del dominio ajeno; y por eso, desde el punto de vista jurídico, no existían diferencias entre los esclavos. La esclavitud era la negación de la personalidad, y el esclavo era cosa comerciable, como los caballos, mulos, etc. Si el dueño abandona al esclavo, no por eso adquiría éste señorío de sí mismo, sino que continuaba siendo jurídicamente esclavo (servus sine domino), y era considerado como una cosa abandonada (res derelicta), que se convertía en propiedad del primer ocupante, ni más ni menos que como si se tratase de un animal salvaje o de cualquier otra cosa sin dueño.

- Los esclavos, uno de los mayores instrumentos de utilidad del padre de familia romano


El dueño se servía del esclavo, para trabajar, como de un jumento, sin que el esclavo, incapaz de derechos y obligaciones, pudiera adquirir algo que no fuese para su dueño. De este modo, los esclavos fueron uno de los mayores instrumentos de utilidad del padre de familia romano, y los modos de valerse de ellos fueron distintos, según los diversos estados de la civilización romana. Se emplearon para el cultivo de las tierras, los trabajos domésticos, el comercio, la navegación y las artes mecánicas. Podían, es verdad, celebrar contratos, administrar un peculio, recibir legados o donaciones y dirigir un negocio o una nave; pero en todos estos casos no eran más que un medio o un instrumento de su dueño. Siempre, pues, que tomaban parte en los negocios jurídicos, los esclavos no figuraban en ellos en nombre propio, ni como mandatarios, sino como puros instrumentos y agentes de su dueño, quien, en vez de hablar por su propia voz o de escribir con su propia mano, empleaba la voz o la mano de su esclavo. Consideraban también natural que aun sobre la misma persona del esclavo se ejerciera el derecho del señor sin limitación alguna; pero a los brutales abusos de tal derecho puso coto la legislación imperial, defendiendo al esclavo contra las sevicias y castigando como homicida al dueño que, sine causa legibus cognita, hubiere matado a su propio esclavo.

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Fuente:
Derecho romano, Felipe Serafini, páginas 147 - 149.