Se denomina litis contestatio en Derecho romano a la última parte de la fase in iure del procedimiento formulario; designa al acuerdo por el que las partes fijan los límites de la controversia, eligen al juez y se comprometen a cumplir la sentencia.
- Efectos de la litis contestatio en el Derecho de la antigua Roma
La litis contestatio es el momento central del proceso: tiene efecto fijatorio (determina de modo irrevocable los términos del litigio), extintivo (supone la definitiva consumación de la acción que el demandante ejerce) y creador (elimina la antigua relación de acreedor y deudor y la sustituye por una relación puramente procesal entre actor y reo, cuyo único deber es cumplir la sentencia). Es, asimismo, imprescindible para la efectividad de la sentencia.
- Contenido de la litis contestatio
En su contenido figuran el texto de la acción aprobada por decreto magistral, el nombre del juez o el de los recuperatores, así como la orden del juzgar (iussum iudicandi).
En el procedimiento cognitorio se sigue empleando el término litis contestatio, pero para designar el final de la fase de alegaciones, que sólo goza de efecto fijatorio.