jueves, 4 de abril de 2013
El mandato
El mandato es un contrato consensual, bilateral e imperfecto porque una de las personas (mandatario) se obliga a gestionar gratuitamente los negocios de otra persona que bien puede ser el mandante o bien puede ser un tercero. El contenido del mandato debe ser un contenido lícito obviamente y debe existir una protección procesal prevista que es la actio mandati, que sirve para solicitarle que le devuelva el dinero, en el caso de que se lo hubiera dado para realizar la acción.
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