jueves, 20 de junio de 2013

Derecho romano y formación jurídica

En el cuadro general de las disciplinas que se estiman necesarias para una buena formación jurídica, ¿qué papel desempeña el estudio del Derecho romano, que no es ya un derecho directa y plenamente vigente en país alguno?.

Derecho romano

- El estudio del Derecho romano, base de los estudios jurídicos


Razones múltiples justifican el que se procure su conocimiento como base de los estudios jurídicos. En primer lugar, una buena parte del contenido de las actuales legislaciones civiles no hacen sino reproducir normas de Derecho romano. Líneas y conceptos fundamentales de la doctrina moderna salieron de su exégesis, que adiestró a las figuras más destacadas de los civilistas europeos.

Hoy, sin embargo, más que esta su consideración como base del Derecho moderno, se mira la conveniencia del estudio del Derecho romano como un aspecto de la función de la Historia en el área de las disciplinas jurídicas. El Derecho, como todo el acervo de nuestro patrimonio espiritual, es un producto de factores múltiples, confluencia de corrientes diversas, que tienen sus orígenes en el pasado, y se desenvuelven en fases que van aglomerando y aglutinando sus elementos constitutivos, obedeciendo a necesidades de la vida social. Sólo el estudio de los factores históricos, del ambiente y de las causas de la elaboración espiritual que hace madurar cada institución jurídica nos explicará su función, dándonos un conocimiento científico, y no puramente empírico, del Derecho.

Por otro lado, la aptitud de que han menester los técnicos del Derecho para captar e interpretar aquellas exigencias de la conciencia social que abocan a las reformas jurídicas se logra principalmente a través del magisterio de la Historia, campo de experiencias para el jurista, que no puede repetir los fenómenos sociales a voluntad en un laboratorio. Con lo que resulta que la labor histórico-jurídica no sólo es supuesto necesario de un conocimiento científico del Derecho, sino orientación eficacísima para su reforma.

Esto supuesto, no hay un Derecho en el que tal estudio pueda hacerse en las condiciones en que ello es posible en el Derecho romano. Ninguno ofrece una evolución ininterrumpida de más de trece siglos, pasando por etapas de civilización, ambiente social y marco político tan diversos, y suministrando, además, material bastante abundante como fuente de conocimiento, en el que se puede seguir paso a paso la vida de las instituciones y doctrinas, desde su remota iniciación hasta grados superlativos de perfección técnica. El Derecho romano es, por ello, el modelo de las Historias jurídicas.

- Desempeña también el conocimiento del Derecho romano una función educativa de adiestramiento


Insuperada muestra de la genial agudeza espiritual latina para la indagación de lo justo, vasto repertorio de razonamientos y decisiones prácticas, matizadas de precisión y vigor lógico, constituye su estudio un excelente instrumento de formación del sentido jurídico; vía de adquisición de hábitos mentales de argumentación nítida y de adaptación de los principios abstractos de justicia a la rica y viva variedad de cada caso (1).

Por eso, desde los glosadores medievales hasta las grandes figuras de los pandectistas modernos, el Derecho romano proporcionó siempre a los juristas que se dedicaron a su estudio una incuestionable agilidad técnica.

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(1) "Sentir el derecho como problema; convencerse de que la solución depende esencialmente del modo de proponerse la cuestión; volver a crear el caso y su decisión como actualidad viva y nueva; educarse en la lógica perenne de la argumentación jurídica. Eso es lo que importa. Lo demás es información inerte y no cuenta. O, si cuenta, tiene sólo una función instrumental y subordinada." BETTI: Esercitazioni romanistische su casi pratici, Padua, 1930, p. IV.

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Fuente:
Derecho Romano, Arias Ramos, páginas 6 - 9.