El constituto de deuda ajena es en Derecho romano uno de los llamados pactos pretorios, por el que se contrae la obligación de pagar una deuda ajena.
El constituto es, con relación al derecho pretorio, lo que la fianza en el derecho civil, y al igual que ésta, es una intercesión acumulativa accesoria, y, salvo las escasas diferencias que indicaremos, le son aplicables las reglas de la fianza.


