En Occidente fue poco propicia la fortuna a los sucesores de Justiniano. Despojados de Italia por los lombardos, les quedó sólo el exarcado de Rávena, que no tardó en quedar libre de la dominación de los emperadores de Oriente (año 752). Mas esta dominación, a pesar de ser tan pasajera, dejó huellas profundas: el edicto de Teodorico cesó de observarse a los cincuenta y cuatro años de su existencia (año 554) sin necesidad de revocación expresa: tan poco había llegado a arraigarse. Lo reemplazaron las compilaciones de Justiniano, que este emperador hizo obligatorias a los países de Italia que el valor y la pericia de sus generales había conquistado, y su autoridad fue tan grande, que sobrevivió a las revoluciones políticas que acaecieron en los siglos siguientes. Sin embargo, bajo la dominación de los francos se introdujo y aun se retocó en Italia el Breviario de Alarico. En los demás países que las armas de los bárbaros habían arrancado a la dominación romana, continuó el derecho de castas, hasta que estas fueron sucesivamente fundiéndose y formaron unidades nacionales. No es nuestro objeto manifestar los pasos que vinieron a producir semejante resultado: pero sí indicar, aunque ligeramente, como el Derecho romano, oscurecido y de autoridad incierta en algunos siglos, y las compilaciones de Justiniano, que nunca habían sido ley para la mayor parte de las naciones de Occidente, vinieron a levantarse para dominar al mundo con sus doctrinas.
El Derecho romano nunca pereció del todo: subsistiendo con más o menos eficacia al lado de las leyes de los bárbaros y a la sombra del cristianismo, dirigía la vida civil de los pueblos sojuzgados, y era uno de los elementos que más debían contribuir a la civilización de la Europa moderna. El siglo XII estaba destinado a una revolución gloriosa que había de contribuir eficazmente a los progresos y a la felicidad de las naciones: el Derecho romano, saliendo de la oscuridad en que yacía, comenzó a constituir el estudio de los que habían de ser los maestros de la ciencia política. Se debe esto principalmente al rápido progreso de las repúblicas de Italia, que oprimida durante siglos bajo el peso de las invasiones extranjeras, se levantaba de nuevo a un alto grado de prosperidad, de poder y de riqueza: el desarrollo material debía producir el de una ciencia tan ligada a las exigencias de la vida social (1). Bolonia eclipsó en poco tiempo las glorias de la antigua escuela de Rávena: el célebre Irnerio explica allí las leyes de Justiniano; d todos los países de Europa acuden a oír los principios luminosos que debían destruir la anarquía y la opresión de aquellos siglos desgraciados para llevarlos a su patria, y bajo la protección de los emperadores y de los reyes comienza la dictadura que los nuevos estudios estaban destinados a realizar. El sistema de Irnerio y de su escuela, a la que se dio el nombre de los glosadores, consistía en poner en notas o glosas interlineales en un principio, y después en notas marginales, indicaciones breves y precisas para la inteligencia de los textos de Justiniano. A Acursio se debe el importante servicio de haber reunido estas glosas esparcidas, y con las suyas propias compuesto la glosa ordinaria, formando así un comentario completo sobre todo el cuerpo del Derecho. Este trabajo, que era el compendio de los de los doctores más célebres, vino a hacer inútiles los otros y adquirió una celebridad casi exclusiva en las academias y en el foro a pesar de su poca crítica, de sus inexactitudes y alteraciones. Tanto Acursio como sus sucesores se separaron de la elegante precisión de Irnerio, e introdujeron un estilo semibárbaro en la jurisprudencia. De la escuela de los glosadores es la división del Digesto en Vetus, Infortiatum y Novum.