sábado, 21 de febrero de 2015

Jurisconsultos más ilustres de la antigua Roma (II)

He aquí la segunda parte (aquí tenéis la primera) de la lista de los jurisconsultos más ilustres de la antigua Roma, por orden cronológico.

Jurisconsultos y emperadores romanos

- Sextus Pomponius


Sextus Pomponius se ocupó exclusivamente en la enseñanza y en las publicaciones legales, de las cuales pasaron 585 fragmentos a las Pandectas. Además del famoso enchiridum, de que trata el fr. 2, Dig., de origine iuris, que contiene, aunque imperfecta y por añadidura mutilada, una verdadera historia del derecho romano, escribió: ad Quintum Mucium (39 libros), ad Sabinum (35 libros), epistularum (20 libros), variarum lectionum (15 libros), ex Plautio (7 libros), fideicommisorum (5 libros), senatusconsultorum (5 libros), 2 libros enchiridii y 79 libros ad Edictum. Escribió reinando Adriano y sobrevivió a Antonino Pío.

- L. Neratius Priscus


L. Neratius Priscus, cónsul en tiempo de Trajano, autor de obras importantes, de las cuales se recuerdan: regularum libri quindecim, membranarum libri septem, responsorum libri tres, epistularum libri quatuor, una obra acerca de Plaucio y una de nuptiis. De estas obras vienen insertos 64 fragmentos en las Pandectas, en donde, además, está citado ciento veintiocho veces.

- L. Javolenus Priscus


L. Javolenus Priscus, consejero de Antonino Pío, escribió 15 libros ex Cassio, 14 libros epistularum, una obra ad Plautium, libri posteriorum Labeonis a Javoleno epitomatorum, libri ex posterioribus Labeonis; de cuyas obras hay más de 200 extractos en las Pandectas.

- Salvius Julianus


Salvius Julianus, pretor, cónsul, prefecto de la ciudad, consejero de Adriano, de Antonino Pío y de los divi fratres, escribió 90 libri Digestorum, de los cuales fueron acogidos 376 fragmentos en las Pandectas, y redactó definitivamente el edicto del pretor. Actualmente es reputado como el más grande de los jurisconsultos romanos.

- Gaius


Gaius floreció entre Antonino Pío y Cómodo. Además de las célebres Instituciones, escribió: libri ex Q. Mucio, ad edictum praetoris urbani, ad edictum provinciale (32 libros), rerum cotidianarum (7 libros), de verborum obligationibus, de manumissionibus, de re uxoria, de fideicommissis, de formula hyphothecaria, de casibus, 3 libros regularum, 6 libros ad legem duodecim tabularum, 15 libros ad legem Juliam et Papiam, ad legem Gliciam, ad Sc. Orphitianum, ad Sc. Tertullianum. De estas obras se hallan 535 fragmentos en las Pandectas. Es el último de los jurisconsultos célebres que representa la oposición de escuela.

La más difundida de sus obras (Institutiones) fue escrita para la escuela y aceptada en todas partes, especialmente en Oriente, y a Justiniano nada pareció mejor, en utilidad de los que se dedicaban al estudio, que reproducirla en su mayor parte, adaptándola a los tiempos.

- L. Ulpius Marcellus


L. Ulpius Marcellus, consejero de Antonino Pío y de Marco Aurelio, autor de importantes obras, entre las cuales figuran los Digesta en 31 libros, de las que han pasado a las Pandectas 159 fragmentos.

- Q. Cervidius Scaevola


Q. Cervidius Scaevola perteneció al consejo de los divi fratres; fue maestro de Septimio Severo, de Papiniano, de Trifonino y de Paulo. Escribió 40 libros digestorum, 6 libros responsorum, 20 libros quaestionum y 4 libros regularum, de cuyas obras existen 307 extractos en las Pandectas.

- Aelius Marcianus


Aelius Marcianus escribió varias obras en tiempo de Caracalla, entre las cuales fueron particularmente apreciadas sus Instituciones en 16 libros, que sirvieron con las de Florentinus a los compiladores de las Instituciones de Justiniano para lo que faltaba en las obras de Gayo.

- Aemilius Papinianus


Aemilius Papinianus, prefecto del pretorio reinando Septimio Severo, fue quizá el mejor de los jurisconsultos prácticos. De sus obras existen 595 fragmentos en las Pandectas (donde, además, es citado ciento cincuenta y tres veces), tomados especialmente de sus cuestiones, respuestas y definiciones. Una tradición, casi universalmente aceptada, afirma de él que, invitado por Caracalla a defender ante el Senado y el pueblo el asesinato de Geta, respondió ser más fácil cometer los fratricidios que justificarlos, y que su defensa equivaldría a repetir semejante delito. Murió en 212 de nuestra era.

- Domitius Ulpianus


Domitius Ulpianus, asesor de Papiniano, prefecto del pretorio en tiempo de Alejandro Severo, resumió con maravillosa fecundidad los resultados del estudio secular precedente, siendo quien más contribuyó a la doctrina contenida en las Pandectas, la tercera parte de la cual fue tomada de sus escritos. Sus principales obras son: 83 libros ad edictum, 51 libros ad Sabinum, 10 libros disputationum, 6 libros opinionum, 7 libros regularum, 10 libros pandectarum, 6 libros fideicommissorum, notae ad Marcellum, ad Papinianum, y 20 libros ad legem Juliam et Papiam. El estilo de Ulpiano es fácil y fluido, siendo inferior el mérito del fondo. Fue juzgado con excesiva severidad, aunque con juicios exactos, por Pernice. Su reputación de jurisconsulto fue inmensa, y de sus obras pasaron 2.462 fragmentos a las Pandectas de Justiniano, en las cuales por esta razón los compiladores hallaron reproducida y resumida la literatura de los siglos anteriores. Murió después del año 228 de nuestra era.

- Julius Paulus


Julius Paulus, consejero de Septimio Severo, asesor de Papiniano, prefecto del pretorio reinando Alejandro Severo, fue el más fecundo de los jurisconsultos clásicos romanos, pero excesivamente conciso y algo difícil. De sus muchas obras pasaron 2.080 fragmentos al Digesto, y las principales de ellas son: 80 libros ad edictum, 18 libros ad Plautium, 4 libros ad Neratium, 17 libros ad Sabinum, ad Vitellium, notae ad Scaevolam, ad Julianum, ad Papinianum, 10 libros ad legem Juliam et Papiam, 26 libros quaestionum, 23 libros responsorum y libri quinque sententiarum. Esta última, que fue su obra más popular, ha llegado, en parte al menos, hasta nosotros.

- Herennius Modestinus


Herennius Modestinus, prefecto vigilum en el año 244 después de Cristo, fue el último en orden de mérito y cronológico de los grandes jurisconsultos romanos. Escribió muchas obras; las principales de ellas fueron las Pandectas en 12 libros y las respuestas en 19, y de las que tuvieron acogida en las Pandectas justinianeas 344 fragmentos. En sus obras se ve ya manifiesta la decadencia.

La obra de los jurisconsultos fue verbal y escrita, prevaleciendo la primera hasta Augusto, y la segunda (que luego quedó sola) desde Augusto en adelante. Con la primera, según frase de Landucci, dieron consejos, guiaron a las partes y amaestraron a los discípulos; con la segunda ordenaron por modo elemental ya minucioso, ya profundo y sintético, los variados principios del derecho, llegando a prodigiosa altura científica, y aunque desde el punto de vista de la abstracción no pudieron mucho empeño en formular máximas y definiciones, descubrieron, no obstante, con perspicaz mirada todos los elementos de cada uno de los casos y las normas jurídicas de estricto derecho y de equidad relativas a ellos, coordinándolo admirablemente.

Variadísimo es el desarrollo de sus escritos. Llana y elemental es la forma de unos (instituciones, enchiridia, definitiones, etc.); otras son concisos y profundos (libri iuris civilis); tratan algunos de todo el derecho, o de una gran parte de él, y otros de instituciones singulares (de dotibus, de fideicommissis, etc.); algunos comentan fuentes generales, como las XII Tablas y el edicto, y otros, fuentes especiales (ad legem Juliam et Papiam, ad legem Falcidiam, ad Sc. Macedonianum, etc.), están algunos dedicados a la enseñanza (institutiones, regulae, disputationes, quaestiones, etc.), y otros a la práctica (responsa, epistulae); trataron algunos de determinados cargos públicos (de officio proconsulis, de officio praesidis, etc.); unos son originales, y otros, finalmente, comentan escritos de los precedentes jurisconsultos.

La dicción y el estilo son elegantes y vigorosos, siendo muy notable el hecho de que hasta el siglo III de nuestra era y en medio de la espantosa del idioma latino, conservaran huellas de la forma galana y clásico sabor del siglo áureo de Augusto.

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Fuente:
Derecho romano, Felipe Serafini, páginas 49 - 54.