Los latini ocupan una posición intermedia entre los ciudadanos romanos y los peregrinos en la sociedad romana. Se distinguen originariamente tres clases: los latini veteres, los latini coloniarii y los latini iuniani.
- Latini veteres
Los latini veteres eran los antiguos habitantes del Lacio y aliados de Roma en la península Itálica. Tenían el ius migrandi, esto es, el derecho de instalarse en Roma y participar con su voto en las asambleas comiciales; gozaban del commercium y el conubium con ciudadanos romanos, e incluso tenían la capacidad de recibir testamento. Ya en época republicana estos latinos dejaron de existir, al convertirse gradualmente en ciudadanos romanos después de las guerras sociales.
- Latini coloniarii
Los latini coloniarii eran los habitantes de las colonias que Roma fundó a medida que extendía su Imperio. Tenían autonomía administrativa y su propio Derecho latino era similar al romano. Conservamos fragmentos considerables de las leyes de Salpensa y Malaca, dos colonias latinas españolas.
- Latini iuniani
Los latini iuniani eran, como sabemos, aquellos libertos que habían sido manumitidos sin las formalidades exigidas por el Derecho civil. No tenían capacidad dentro del ámbito del Derecho público. Gozaban del commercium, pero no podían disponer por testamento.
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- La ciudadanía en Derecho romano
+ Los cives o ciudadanos romanos
+ Peregrini: los sometidos a Roma
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Fuente:
Derecho privado romano, Antonio Ortega Carrillo de Albornoz. Página 34.