Hurto es la sustracción fraudulenta de una cosa mueble con intención de lucrarse con ella (furtum rei), o bien la indebida apropiación o el uso ilícito de ella traspasando los límites consentidos por el propietario de la misma (furtum usus, furtum possessionis) (1). Supone, pues, la reunión de tres requisitos, a saber: la sustracción (contrectatio), la intención de cometer el hurto (animus furandi) (2) y el ánimo de lucrarse (animus lucri faciendi) (3).
- Efectos del hurto
Del hurto nacen dos acciones: la condictio furtiva y la actio furti (4).
+ La condictio furtiva
La condictio furtiva es una acción rei persecutoria, tendente a obtener la restitución de la cosa hurtada con todos sus accesorios, y en su defecto el mayor valor que haya tenido después del hurto, aunque haya desaparecido por caso fortuito. Compete solamente al propietario de la cosa hurtada y a sus herederos, y se utiliza contra el ladrón y los suyos, y contra varios ladrones puede ejercitarse in solidum; pero como toda acción rei persecutoria se extingue en cuanto el perjudicado ha conseguido el completo resarcimiento.



