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domingo, 20 de agosto de 2017

Plazos y prescripción de las acciones | La protección de Derechos en Derecho romano (XI)

Analizamos en ésta entrada los plazos y la prescripción de las acciones propias del Derecho de la antigua Roma.

Plazos y prescripcion en Derecho romano

- Plazos


Hay una serie de actiones honorariae que el magistrado sólo concede para que sean ejercitadas dentro de determinado plazo. Caso principal es el de las acciones penales entabladas para reclamar una multa, mas no por Derecho civil, sino en virtud del Edicto pretorio; por ej., la actio injuriarum, que sólo puede interponerse durante un año útil. Otro ejemplo es el de las acciones edilicias nacidas del contrato de venta, cuando la cosa presente vicios: la acción redhibitoria dura seis meses útiles, la actio quanti minoris, un año. Estas acciones sujetas a plazo se llaman actiones temporales. El plazo señalado para el ejercicio de la acción afecta también al derecho, por la razón de que en estas acciones honorarias la reclamación jurídica se basa exclusivamente en la promesa del Edicto –edilicio o pretorio– o, más exactamente, en la del magistrado –pretor o edil–, con que se anuncia la fórmula y se abre la vía procesal ordinaria: "judicium dabo". Si esta promesa se sujeta a un plazo –"intra annum, intra sex menses judicium dabo"– resulta también emplazado el derecho que se ampara. Al expirar el plazo, la actio temporalis se extingue, y con ella el derecho –v. gr., a reclamar la multa o la redhibición o disminución del precio señalado, en el caso de la venta–.