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jueves, 25 de febrero de 2016

Procedimiento "in iure" y "apud iudicem" | Procedimiento civil en Derecho romano (VI)

La nota más singular y característica del proceso clásico está constituida por la división de éste en dos fases: el procedimiento in iure y el procedimiento apud iudicem.

Derecho romano y procedimiento civil romano

El pleito no discurre por una sola vía, ante un solo Tribunal, sino que atraviesa por las dos peculiares fases señaladas.

lunes, 27 de abril de 2015

Del procedimiento "in iure" en el juicio ordinario romano

El procedimiento in iure no tenía otro objeto que la ordinatio iudicii, esto es, la preparación del juicio para dejar después el examen y la decisión del pleito al juez romano.

Ciudadanos romanos y Derecho romano

- El acto "in ius vocatio": sin escribano ni alguacil, un acto privado


Las partes comparecían personalmente ante el magistrado jurisdicente y exponían oralmente sus cuestiones. Correspondía naturalmente al actor cuidar de la comparecencia de su adversario ante el magistrado, y a este acto se le llamaba in ius vocatio. La in ius vocatio no requería el ministerio de escribano y alguacil, era un acto enteramente privado. El actor intimaba con su adversario para que le siguiese ante el magistrado jurisdicente, y en el caso de resistencia podía emplear la fuerza, mediante la manus iniectio. El convenido no podía negarse a la inmediata comparecencia ante el magistrado sino presentando persona idónea que asumiese la garantía de ella (vindex).