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miércoles, 23 de agosto de 2017

El procedimiento interdictal | La protección de Derechos en Derecho romano (XIV)

Las resoluciones dictadas por el magistrado extra ordinem pierden, muy pronto, su carácter decisivo en una serie de asuntos. Al pretor le es imposible investigar detalladamente las circunstancias materiales de cada caso. Consiguientemente, se limita a dejar sentadas unas cuantas normas generales que sirvan de pauta para la resolución del caso concreto, haciendo saber a las partes la providencia administrativa proclamada.

Procedimiento interdictal y Derecho romano

Supongamos, por ej., que una persona entrega a otra una finca, a ruego suyo –a precario–; es decir, reservándose el derecho a reclamarla cuando le plazca. Si el que la recibe –el precarista– se niega a devolverla, aquél puede acudir ante el pretor, como autoridad administrativa y de policía, solicitando que, extra ordinem –mediante un interdicto– le reponga provisionalmente en su posesión, sin prejuzgar con ello la cuestión jurídica de fondo –el derecho de propiedad sobre la finca, etc.–. En los primeros tiempos, es de suponer que el pretor depuraría personalmente las circunstancias del caso, fallando así: "puesto que tú, demandado, has recibido tal cosa en precario del demandante, estás obligado a devolvérsela". Más tarde, al cambiar las cosas, se hace imposible al magistrado esta indagación personal de los hechos, y su decisión cambia de aspecto: "Lo que tú, demandado, hayas recibido en precario del demandante, debes devolvérselo" –"quod precario ab illo habes, aut dolo malo fecisti, ut desineres habere, qua de re agitur, id illi restituas". Cfr. D. 43, 26, 2 pr.–. Decisiones de este género pueden dictarse sin necesidad de indagatoria previa, publicándose de antemano e hipotéticamente en el Edicto. La antigua orden incondicional se sujeta ahora a condiciones; los interdictos se transforman en normas abstractas, que se abstienen de resolver para el caso concreto, limitándose a trazar la norma que ha de inspirar el fallo, y a la cual las partes deben atenerse. La sentencia, de esta suerte, se convierte en un precepto.