viernes, 2 de diciembre de 2011

Extinción de la esclavitud en Roma

La esclavitud en el Derecho de la antigua Roma se puede llegar a extinguir en primer lugar por disposición de la ley o bien en segundo lugar mediante la manumisión.

Tiberio y la esclavitud
Busto del emperador Tiberio. Este promulgó una ley por la cual los esclavos manumitidos sin solemnidad de formas podían adquirir la ciudadanía latina.

- Extinción de la esclavitud por disposición de la ley


Entre los casos de extinción de la esclavitud por ley baste señalar:

+ La esclava prostituida por el dueño que la había comprado con la obligación de no prostituirla, quedaba libre por expresa disposición de la ley.

+ En virtud del senadoconsulto Silaniano también quedaba libre el esclavo que denunciaba el homicidio de su propio dueño.

+ El esclavo vendido para que el comprador lo manumita, queda libre, si éste no cumple la manumisión en el tiempo acordado.


- Extinción de la esclavitud mediante la manumisión


La manumisión (manumissio) es el acto por el cual el dueño concede la libertad al propio esclavo. El términomanumissiosignifica literalmente renunciar al poder, de manu = poder mittere= renunciar, entre otros significados. Existen varias formas de manumisión reconocidas por el Derecho civil.

+ Manumissio testamento


El dueño podía disponer en su testamento que el esclavo fuese libre. El testador podía otorgar la libertad directamente, en cuyo caso sólo podía manumitir al esclavo del que era propietario, ó indirectamente, en cuyo caso podía encargar al heredero manumitir esclavos tanto suyos como del propio heredero.


Manumissio censu


Consiste en permitir que el propio esclavo se inscriba en las listas del censo como ciudadano romano. Esta forma de manumisión no existe ya en Derecho justinianeo.


+ Manumissio vindicta


En Derecho clásico se realizaba según la forma de la in iure cessio. Una persona llamada adsertor libertatis (de adsero = afirmar) declaraba solemnemente ante el magistrado que el esclavo era libre; ante tal afirmación el propietario no se opone, y el magistrado, confirmando la declaración del adsertor, otorga la libertad al esclavo. En Derecho justinianeo el procedimiento se simplifica, bastando sólo que el propietario manifiesta ante el magistrado su voluntad de libertad al esclavo.


- Otras formas de manumisión


Estas formas de manumisión solemnes eran las únicas que concedían al manumitido la plena libertad y ciudadanía romana. Otras figuras menos solemnes de manumisión, llamadas pretorias, se realizaban sin forma alguna y sin intervención del magistrado. Así, por ejemplo, escribiendo una carta en la que el propietario declaraba libre al esclavo (per epistulam), o manifestando su voluntad con una simple declaración hecha en presencia de amigos (inter amicos), ó permitiendo que el esclavo se sentara a su mesa (per mensam). En estos casos, el esclavo sólo adquiría una mera libertad de hecho pero no de derecho. Sin embargo, bien pronto el Pretor comenzó a protegerles como si fueran libres, y una ley Iunia Norbana, promulgada bajo Tiberio, ordenó que los esclavos manumitidos sin solemnidad de formas, adquiriesen la ciudadanía latina. Se llamaron latini iuniani en atención a la ley Iunia, y tenían el derecho a comerciar pero no podían hacer testamento.

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- La libertad en Derecho romano


+ Libertad y esclavitud en Roma: introducción y evolución

+ Causas de esclavitud

+ Los esclavos ante el Derecho

+ Los libertos

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Fuente:
Derecho privado romano, Antonio Ortega Carrillo de Albornoz. Páginas 31 - 32.