jueves, 22 de diciembre de 2011

Introducción a la defensa de la propiedad en el Derecho de la antigua Roma

Son varios los medios que competen al propietario para defender sus derechos frente a perturbaciones ajenas en el Derecho romano.

Defensa de la propiedad en Roma

- Acción reivindicatoria o reivindicatio ante perturbación que priva de la posesión de la cosa


Cuando la perturbación priva al propietario de la posesión de la cosa, el medio para reclamarla es la acción reivindicatoria (reivindicatio).

- Medios de defensa cuando la perturbación no priva al propietario de la posesión


Si la perturbación no lo priva de la posesión, sino que sólo merma en mayor o menor medida la disponibilidad sobre la cosa o sus posibilidades de uso y disfrute, entonces podrá utilizar, según los casos, la actio negatoria, la actio aquae pluviae arcendae, la operis novi nuntiatio, el interdictum de glande legenda y la actio de arboribus caedendis.

- Medios de defensa ante comportamientos previsibles o cuando se tema un daño


Finalmente otros medios permitían al propietario defenderse frente a comportamientos ajenos de los que razonablemente podía derivarse o temerse un daño; en estos casos tenía fundamentalmente a su disposición la cautio damni infecti.

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- Otros artículos del blog sobre la propiedad en Derecho romano


+ Introducción a la propiedad en la antigua Roma


. La evolución del derecho de propiedad en Roma

. Concepto y definiciones de la propiedad

+ Defensa de la propiedad


.  Reivindicatio

. Acción negatoria

. Actio aquae pluviae arcendae

. Interdictum de glande legenda

. Actio de arboribus caedendis

. Cautio damni infecti

. Operis novi nuntiatio

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Fuente:
Derecho Privado Romano | Antonio Ortega Carrillo de Albornoz | Páginas 128 - 129.