viernes, 1 de mayo de 2015

El procedimiento formulario romano o per formulas

La extremada sutileza de las legis actiones, su excesivo formalismo y hasta el peligro a que exponían a las parte contendientes, las hizo universalmente odiosas, por cuyo motivo la ley Ebucia y las dos leyes Julias las abolieron, introduciendo en su lugar el procedimiento formulario o per formulas.

Derecho romano y procedimiento formulario

- El procedimiento formulario romano, un sistema que alcanzó larga duración


Este nuevo sistema alcanzó larga duración, esto es, por toda la edad gloriosa de la jurisprudencia romana, desde Cicerón hasta Diocleciano. Todas las obras de los jurisconsultos clásicos se hallan en tal relación con este procedimiento, que sin un exacto conocimiento del mismo se hace poco menos que imposible el estudio y la inteligencia de aquéllas: el que carezca de una idea clara y precisa del procedimiento formulario no puede absolutamente comprender los textos más importantes de las Pandectas.

- Origen del nombre de procedimiento formulario y diferencias con las legis actiones


El nombre de procedimiento formulario derivaba de la formula que el magistrado jurisdicente redactaba después de la exposición y demanda de las partes, para que sirviese de guía y de instrucción al juez encargado del examen y decisión de la controversia. Y era ésta la primera diferencia que distinguía el procedimiento per formulas del legis actiones. Otra diferencia del nuevo procedimiento consistía en que las partes contendientes, en vez de realizar determinados actos solemnes y simbólicos y pronunciar determinadas palabras típicas y sacramentales, exponían al magistrado, en el lenguaje que creían más oportuno, sus demandas y las razones en que las apoyaban, y aquél después concedía o rehusaba la fórmula, según que, suponiendo cierta la alegación del actor, podía o no resultar condena para el convenido.

- La fórmula en el procedimiento formulario: ejemplo práctico


He aquí el ejemplo textual de una fórmula: Aulo Agerio vende a Numerio Negidio un esclavo por el precio de compra, A. Agerio cita a N. Negidio ante el pretor, a quien expone la demanda. El pretor, oídas las explicaciones de Agerio y las excepciones de Negidio, lo remite al juez Lucio Ticio bajo la siguiente fórmula: "Lucio Ticio, tú serás juez. Puesto que Numerio Negidio compró a Aulo Agerio un esclavo, en tanto cuanto Numerio Negidio a consecuencia de este contrato debe, según la buena fe, dar o hacer a Aulo Agerio, condena a Numerio Negidio a favor de Aulo Agerio; pero si te parece que nada debe Numerio Negidio, absuélvele".

+ La fórmula del procedimiento formulario romano, un juicio hipotético


Como se ve, la fórmula viene a ser un juicio hipotético, mediante el cual el pretor determina la cuestión que tocará decidir al juez, a quien confiere la facultad de condenar o de absolver, según que entienda, después del conveniente examen de las circunstancias del hecho, que la cuestión deba resolverse en sentido afirmativo o negativo.

Se ha observado, con razón, que el pretor, mediante la fórmula, es en cierto modo árbitro del proceso por completo, y éste viene, por tal manera, a caer bajo la jurisdicción del edicto. Desde este instante, pues, el derecho civil en tanto es útil en el procedimiento, en cuanto el edicto del pretor consiente su aplicación, y el juez de órgano del derecho civil se convierte en órgano del derecho pretorio.

- Partes constitutivas de las fórmulas


+ Demanda del actor


Por sencilla que sea la controversia, la demanda del actor necesariamente ha de contener:

1.º La cuestión que ha de resolverse (a la cual podrá o no preceder la exposición del caso que da lugar a la cuestión).

2.º Las conclusiones del actor.

+ Intentio y condemnatio


Así también las fórmulas del magistrado jurisdicente constaban, además de la iudicis datio, por lo menos de dos partes: la intentio y la condemnatio.

A la intentio, en varios casos, en los que no era por sí misma suficientemente determinada, precedía la exposición del hecho del cual el actor derivaba su pretensión: esta parte era la demostratio.

La intentio era la parte de la fórmula mediante la cual el magistrado reproduce la demanda del actor.

La condemnatio era aquella en la que el magistrado confiere al juez nombrado la facultad de condenar o de absolver, según que la demanda del actor sea o no fundada.

+ Acciones divisorias: adiudicatio


En las acciones divisorias se encuentra una cuarta parte de la fórmula, la adiudicatio. La adjudicación es aquella parte de la fórmula mediante la cual el magistrado confiere al juez la facultad de atribuir a las partes derechos reales de diversa naturaleza y de imponer limitaciones a la propiedad que se les atribuye.

En el praeiudicium no existe la afirmación de una pretensión jurídica: en él se pretende del juez que pronuncie respecto a la comprobación o existencia de un hecho determinado. La fórmula, pues (naturalmente, además la iudicis datio), sólo contiene la intentio.

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Fuente:
Derecho romano, Felipe Serafini, páginas 290 - 293.