jueves, 28 de enero de 2016

Manifestación de la voluntad por medio de otra persona y representación | Negocios jurídicos en Derecho romano (III)

La voluntad puede manifestarse por medio de otra persona. El intermediario o nuntius no es más que un agente o instrumento, un vocero del declarante. En cualquier caso, el negocio produce todos sus efectos en cabeza del sujeto que se sirve del nuntius.

Persona y representacion en el Derecho de la antigua Roma

No debe confundirse la manifestación de la voluntad por medio de otra persona con la representación. El Derecho romano no conoce la facultad de representar, esto es, de manifestar una propia determinación de voluntad en negocio que se concluye por cuenta y en nombre de otro –representación directa–. Conoce únicamente la posibilidad de que se lleve a cabo un negocio por cuenta de otro, pero no en nombre de otro.

Si el que administra los asuntos de otro, ya sea por razón del oficio –tutor, curador–, ya por convenio –procurador, mandatario–, o ya, en fin, por decisión espontánea –gestor sin mandato–, concluye un negocio en interés del administrado, los efectos del negocio mismo afectan exclusivamente al propio administrador. Es éste quien adquiere y quien se obliga, y sólo mediante un nuevo negocio es dable que las consecuencias del primero se produzcan a favor o a cargo del administrado.

Las razones por las cuales el Derecho romano repudia la representación propia y verdadera se explican de varias maneras. De un lado, el formalismo de la época antigua exige la intervención directa –personal– en el acto o negocio; de otro, el paterfamilias no necesita recurrir a representantes libres, ya que como tales actúan, por imperio de la ley, los individuos sometidos a su potestas –hijos y esclavos–. Todo lo que éstos adquieren, revierte automáticamente al patrimonio del jefe militar.

El desarrollo de la vida social y civil y, principalmente, el gran impulso adquirido por las relaciones de tráfico comercial, abren puertas a la representación encomendada a personas libres. El Pretor y la jurisprudencia, con procedimientos y medidas de diversa índole, logran que se actúe, en determinados casos, el régimen de la llamada "representación directa" o manifiesta.

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- Negocios jurídicos en Derecho romano


+ Negocios jurídicos en Derecho romano (I): concepto y clases de negocios jurídicos

+ Negocios jurídicos en Derecho romano (II): formas de manifestación de la voluntad

+ Negocios jurídicos en Derecho romano (IV): elementos accidentales del negocio jurídico

+ Negocios jurídicos en Derecho romano (V): voluntad y manifestación. Vicios de la voluntad

+ Negocios jurídicos en Derecho romano (VI): ineficacia de los negocios

+ Negocios jurídicos en Derecho romano (VII): convalidación y conversión de los negocios

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Fuente:
Derecho Romano, Instituciones de Derecho Privado | Juan Iglesias | Página 146 - 147.