La persona física se extingue en el Derecho de la antigua Roma con la muerte. La muerte, al igual que el nacimiento, es considerada como un hecho, en términos que debe ser probado por quien funde sobre él cualquier pretensión. La prueba puede ofrecer dificultades, especialmente cuando hay que señalar el momento en que fallecieron varias personas, para decidir sobre los derechos sucesorios que les competen recíprocamente.
- La muerte en Derecho romano
+ La muerte en Derecho clásico romano
Según el Derecho clásico romano, si dos personas perecen en un mismo accidente –incendio, ruina, naufragio, inundación, batalla– y no es dable probar cuál murió primero, se considera que ambos murieron contemporáneamente: non videtur alter alteri supervixisse. En tal consideración no ha de verse una presunción de conmoriencia, sino el resultado de no poder probar cuál de las dos personas premurió a la otra.



